Estos tipos de seguro, garantiza a una persona en caso de su propio fallecimiento una cantidad económica de dinero a sus familiares directos, o en su defecto a aquella persona o personas que él mismo elija cono beneficiario del mismo.
Existen dos clases de seguro de vida:
1. Vida riesgo: Aseguran un capital o una renta en caso de muerte del asegurado. Si el asegurado fallece antes de que finalice el contrato, se garantiza a los beneficiarios designados el pago de la prestación pactada, si por el contrario el asegurado vive antes del vencimiento del contrato, este se da por finalizado sin ninguna prestación por la entidad. Estos tipos de seguros además del seguro por fallecimiento ofrecen garantías complementarias opcionales que las mas habituales son las siguientes:
2. Vida ahorro: La finalidad de este tipo de seguro es facilitar la necesidad de ahorrar a través de aportaciones periódicas. Se establece un pago de cantidades mínimas a lo largo de la duración del producto, no es necesario invertir grandes cantidades. Cabe la posibilidad de conseguir recuperar parcialmente el capital sin coste y paralizar las aportaciones si fuese necesario.
Este seguro ofrece beneficios fiscales: no se tributa hasta que se recupera el dinero.